<font size="5"><font face="Comic Sans MS">SEGURO
Es aconsejable viajar asegurado.
ASEGÚRESE UNAS BUENAS VACACIONES
Resumimos brevemente las condiciones y coberturas de la póliza de seguros opcional de Filo Diretto.
ANTES DEL VIAJE
CONDICIONES GENERALES DE COBERTURA
VALIDEZ, INICIO Y DURACIÓN DE LAS GARANTÍAS
La garantía de Anulación de Viaje inicia en la fecha de la inscripción para el viaje y termina el día de la salida, cuando el asegurado accede a la estación marítima y/o aeropuerto donde comienza el viaje.
EXCLUSIONESQuedan excluídos las consecuencias y/o eventos derivados, directa o indirectamente de:
Eventos populares
• huelgas, motines,movimientos populares;
• toque de queda, bloqueo de fronteras, represalias, sabotaje;
• terrorismo, guerra, insurrecciones.
Eventos causados por el Asegurado
• dolo, actos voluntarios y premeditados por el asegurado;
• abuso de bebidas alcohólicas y psicofármacos;
• uso no terapéutico de sustancias estupefacientes y alucinógenos;
• suicidio o intento de suicidio.
SECRETO PROFESIONALEn relación con los siniestros que conforma el objeto de este Seguro, el Asegurado y los otros sujetos eventuales concernientes exoneran del secreto profesional a los médicos que les hayan visitado y curado después o incluso antes del siniestro, ante la compañía o los magistrados investidos eventualmente para el examen del siniestro en cuestión.
ANULACIÓN DEL VIAJE
1 - OBJETO DEL SEGURO
La Sociedad reembolsará al Asegurado el importe de la prima que le corresponda en virtud del sentido de las Condiciones Generales del reglamento de viaje, si el viaje y /o estancia son anulados por una de las circunstancias siguientes, imprevisibles en el momento de la reserva del viaje:
• Fallecimiento, enfermedad, infortunio del Asegurado o del compañero de viaje, de su cónyuge/compañero, padres, hermanos, hijos, suegros,yernos,nueras,socio co-titular de la empresa del Asegurado o del superior directo, que conlleven la imposibilidad para el Asegurado a emprender el viaje por sus condiciones de salud o por la necesidad de brindar asistencia a las personas antes mencionadas enfermas o infortunadas.
En caso de inscripción simultánea de un grupo preconstituido de participantes, en el caso de que no participe en el viaje algún familiar, la definición “compañero de viaje” deberá referirse a una sola persona.
• daños materiales en la vivienda, en el estudio o en la empresa del Asegurado que hagan indispensable e indiferible su presencia.
• imposibilidad de llegar al punto de partida del viaje por causa de calamidades naturales diversas declaradas tales por las Autoridades competentes
• convocatoria por parte de la Autoridad pública.
• robo de documentos necesarios para salir al extranjero cuando quede comprobada la imposibilidad material de obtener unos nuevos.
• imposibilidad de alcanzar el lugar de la escala de salida del buque como consecuencia de desvío aéreo causado por actos de piratería aérea.
• avería y/o accidente del propio medio de transporte que impida al Asegurado llegar al lugar de salida del viaje.
• imposibilidad por parte del Asegurado de disfrutar de las vacaciones ya planificadas a consecuencia de un nuevo contrato de trabajo o de un despido.
• imposibilidad de realizar el viaje debido a una variación de la fecha: de exámenes académicos o de habilitación para el ejercicio de la actividad profesional, de participación en oposiciones o concursos públicos, de la boda.
Para los Asegurados y sus familiares se entienden en la garantía las enfermedades preexistentes.
2 - EXCLUSIONES
Al margen de las excursiones previstas por las Condiciones Generales, quedan excluidos de la asistencia los eventos siguientes:
• carencia total o parcial de la documentación necesaria para la realización del viaje, como el documento de identidad, pasaporte, visados, etc...
• motivos profesionales.
• formas de depresión.
• patología cuyo origen sea atribuíble a complicaciones en un estado de embarazo superior a las 24 semanas.
3 - MÁXIMO DESCUBIERTO Y OBLIGACIONES DEL ASEGURADO EN CASO DE SINIESTRO.La Sociedad se vale de una red de médicos propios fiduciarios que pueden intervenir inmediatamente en toda España 24 HORAS SOBRE 24. En caso de que el Asegurado deba cancelar el viaje por enfermedad o accidente, sin hospitalización, dentro de las 24 horas siguientes al día del comienzo de la enfermedad o del accidente (es decir, a partir del momento en el que se manifiestan las causas que determinan la cancelación del viaje), el mismo debe ponerse en contacto con la Central Operativa, llamando al siguiente número: 91 387 46 85 (activo las 24 horas). La Sociedad enviará gratuitamente, bajo consentimiento del Asegurado, a su propio médico fiduciario para que éste último pueda certificar que las condiciones del Asegurado impiden realmente su participación al viaje y para consentir la apertura del siniestro. En dicho caso,el médico deberá expedir el apropiado Modelo.Tras la emisión de dicha certificación la Sociedad deberá resarcir al Asegurado la suma equivalente de renuncia (penal) dentro del límite de 8.000 ¤ (excluyendo de dicha suma la cuota de inscripción,el coste individual de gestión del expediente, los gastos para la solicitación del visado y los varios impuesto) sin aplicar ningún límite máximo descubierto.Tras la antes mencionada demanda por parte del Asegurado, la Sociedad se reserva el derecho, eventualmente, de no enviar a su propio médico fiduciario.En dicho caso,la apertura del siniestro y la emisión del apropiado Modelo deberán ser efectuadas directamente por el médico de la Central Operativa y el Asegurado podrá gozar igualmente del beneficio antes mencionado. En caso de que el Asegurado no dé el consentimento al envío gratuito del médico de fiduciario de la Sociedad para que éste pueda certificar que las condiciones del mismo Asegurado impiden realmente su participación al viaje y/o en caso de que el Asegurado no denuncie el siniestro dentro de las 24.00 horas del día siguiente al día del comienzo de la enfermedad o del accidente,se aplicarán los siguientes máximos descubiertos con excepción de los casos de Muerte u hospitalización.
• 10% con el mínimo de 52 € en caso de suma equivalente de renuncia hasta el 50%.
• 20% con el mínimo de 52 € en caso de suma equivalente de renuncia hasta el 75%.
• 30% con el mínimo de 52 € en caso de suma equivalente de renuncia hasta el 100%.
En caso de renuncias que no sean debidas a enfermedad o accidente o bien las consecuentes a enfermedad o accidente con hospitalización o muerte, el Asegurado o quien está obligado por el mismo, dentro de las 24 horas del día siguiente al día del evento (es decir, a partir del momento en el que se manifiestan las causas que determinan la cancelación del viaje), deberá denunciar telefónicamente lo acaecido llamando al siguiente número:+34 91 387 46 85 (activo las 24 horas). En todos los casos que no sean consecuentes a enfermedad o accidente del Asegurado, el máximo descubierto es del 10%. El Asegurado no puede oponerse a que la Sociedad efectúe las investigaciones y averiguaciones necesarias y, además, debe presentar a la misma toda la documentación correspondiente al caso específico liberando, a dicho propósito, del secreto profesional a los Médicos que lo han visitado y curado, eventualmente nombrados para el examen del mismo siniestro. La inobservancia de dichas obligaciones y/o la certificación por parte del médico de la Sociedad de que las condiciones del Asegurado no son tales para impedir su participación al viaje y/o la no presentación a la Sociedad, por parte del mismo Asegurado, de los documentos necesarios para la correcta evaluación de la demanda de resarcimiento pueden ser causa de pérdida total o parcial del derecho de indemnización. El cálculo del resarcimiento es igual a la suma equivalente de renuncia prevista para la fecha en la que se ha manifestado el evento. En caso de mayor suma equivalente de renuncia, cargada en cuenta por el Tour Operator como consecuencia de un retardo en la comunicación de cancelación del viaje por parte del Asegurado, la misma quedará a cargo del Asegurado. No serán objeto de resarcimiento, los siniestros denunciados después de los 7 días hábiles a partir del día de comienzo de la enfermedad o del accidente.
4 - OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD
La Sociedad, siempre que el Asegurado dé aviso del siniestro dentro de las 24 horas del día siguiente al día del acaecimiento del evento, se compromete a liquidar el siniestro en un plazo de 45 días desde la fecha del aviso, a condición de que la documentación completa llegue antes del 15º día de la fecha del aviso mismo. Siempre que, por razones atribuíbles a la Sociedad, la susodicha liquidación se haga efectiva después de 45 días, le será devengado al Asegurado el interés legal (compuesto) calculado sobre el importe a liquidar.
DURANTE EL VIAJE
CONDICIONES GENERALES DE SEGUROS
Las garantías cubren desde el día del inicio del viaje, o sea desde la fecha de inicio de los servicios turísticos contratados y terminan con el cese de los mismos.
GASTOS MÉDICOS
Con límite máximo por Asegurado de 15.500 ¤ se reembolsarán los gastos médicos asumidos durante el viaje, como consecuencia de enfermedad no preexistente o de infortunio verificado, en Europa o en el resto del mundo, durante el período de validez de la garantía relativa a: Honorarios médicos, hospitalización, (con límite ulterior de 200 Û / día de hospitalización), intervenciones quirúrgicas, medicamentos prescritos por un médico, curas odontológicas sólo como consecuencia de un accidente (hasta un límite de 100 Û por Asegurado). En caso de hospitalización como consecuencia de accidente o enfermedad no preexistente, sujeta a indemnización en virtud de la póliza, la Central de Alarma,a requerimiento de Asegurado,proveerá al abono directo de los gastos médicos. Queda a cargo del Asegurado, quien deberá proveer a abonarlo directamente in situ, todo gasto que exceda de las coberturas de la póliza y/o sus franquicias relativas. Por cada siniestro se aplicará una franquicia absoluta a cargo del Asegurado por importe de 100 Û para los gastos médicos sufridos a bordo del buque y de 52 Û por gastos médicos sufridos en tierra.
ASISTENCIA JURÍDICA
La Sociedad tomará a su cargo, dentro de los límites máximos por Asegurado de 520 ¤ los honorarios por costas judiciales y extrajudiciales dentro de las condiciones previstas por la póliza.
ASISTENCIA A LA PERSONA FÍSICA
La Sociedad se compromete, dentro de los límites previstos por la póliza, a poner a disposición del Asegurado y de manera inmediata, mediante el uso del personal y de los medios técnicos de la Central Operativa, la prestación asegurada en caso de que el Asegurado se halle ante dificultades causadas tras verificarse un evento fortuito. La ayuda podrá tomar forma de prestaciones en dinero o en especie.
• Consulta médica por teléfono.
• Localización de un médico especialista en el extranjero.
• Transporte sanitario organizado .
• Regreso a domicilio de los familiares o del compañero de viaje.
• Transporte / Repatriación de fallecidos.
• Viaje de un familiar en caso de hospitalización.
• Asistencia a menores de edad.
• Regreso de persona convaleciente.
• Prolongación de estancia.
• Envío urgente de medicamentos al extranjero.
• Intérprete a disposición en el extranjero.
• Adelanto de fondos por gastos de primera necesidad hasta un máximo de 1.000 €.
• Regreso anticipado por fallecimiento u hospitalización de un familiar.
• Gastos telefónicos / telegráficos hasta un importe de 100 €.
• Transmisión de mensajes urgentes.
• Adelanto de fianza penal en el extranjero hasta un importe de 3.100 €
.
EQUIPAJELa Sociedad asegura el equipaje del Asegurado contra incendio, robo, hurto, atraco y avería o perdida del equipaje por parte del transportista, por inundación/mojadura y derrame de líquidos hasta un límite de 2600 € por Asegurado.
REPETICIÓN DE VIAJE
La Sociedad, en caso de utilización de la prestación “Transporte Sanitario Organizado” o “Regreso anticipado”, pone a disposición del Asegurado un importe igual al valor de la estancia interrumpida hasta un límite de 5.200 Û calculado según prorrateo por el período de estancia no disfrutado por el Asegurado para la repetición de viaje, a condición de que el Asegurado reserve y participe en un viaje organizado por Costa Crociere en un plazo no superior a 1 año desde la fecha del evento.
TABLA DE INDEMNIZACIONES
Valor del viaje por persona- - - - Prima bruta por persona
Hasta 800 €...................................... 16 €
Hasta 1.300 €.................................... 29 "
Hasta 1.850 €.................................... 36 €
Hasta 2.350 €.................................... 43 €
Hasta 3.400 €.................................... 55 €
Hasta 5.200 €.................................... 74 €
Hasta 7.750 €................................... 111 €
La póliza está depositada en Costa Cruceros y las condiciones detalladas del seguro están reflejadas en el documento informativo que será entregado a todos los participantes de nuestros viajes,conjuntamente con los demás documentos del viaje. La estipulación obligatoria del contrato del seguro estará en vigor para todos los cruceros publicados en el catálogo de Costa Cruceros.
(Fuente:Catalogo Costa Cruceros)
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