Pues... yo vengo precisamente de sacar la famosilla tarjeta. No me han puesto ningún problema y me la han dado en el acto junto con informacion de cuando y como se puede utilizar. Más o menos lo que pone en los papeles es: A partir del día 1 de junio de 2004 los formularios de estancia temporal, fundamentalmente E-111 y E-128, han sido sustituidos por la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE).
Esta tarjeta es individual y certifica el derecho de su titular a recibir las prestaciones sanitarias que sean necesarias desde un punto de vista médico, durante una estancia temporal en cualquiera de los países integrantes de la Unión Europea (Alemania, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, Suecia), del Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein, Noruega) y Suiza, teniendo en cuenta la naturaleza de las prestaciones y la duración prevista de la estancia. El período de validez consta en la Tarjeta Sanitaria Europea.
La asistencia sanitaria se recibirá en igualdad de condiciones con los asegurados del país al que se desplaza.
Es decir que te cubrirá todo lo que les cubre a los ciudadanos del país en la que la tengas que utilizar.
Si que he de deciros que lo primero que me preguntaron para darmela es que si trabajaba, o sea que creo que es necesario. De todas formas creo que si no estás trabajando también te pueden dar un papel que sustituye a la tarjeta y hace la misma funcion.
Suerte. Y esperemos que nadie la tenga que utilizar